La Comisión de Admisibilidad, en cumplimiento a lo establecido en el Instructivo de Bases del Concurso Subvención del FONDO REGIONAL DE CULTURA AÑO 2015, LÍNEA ESPECIAL DE FINANCIAMIENTO, informa el resultado del proceso de revisión de admisibilidad de las iniciativas.
Simbología: T: proyectos recibidos en la Gobernación de Tocopilla.
La institución, cuyo proyecto fue declarado INADMISIBLE tendrán un plazo de tres días hábiles, a partir de hoy martes 01 de septiembre para solicitar reconsideración en el proceso de admisibilidad, ingresando en la Oficina de Partes del Gobierno Regional una carta firmada por el Representante Legal de la institución, dirigida a la Comisión de Admisibilidad del Concurso F.N.D.R. 2 % Cultura, argumentando la solicitud de reconsideración con documentos que respalden la solicitud, y existirá un plazo de tres días hábiles para responder las solicitudes por parte de la comisión de admisibilidad.
NOTA: Se entiende como “reconsideración” cuando se tenga certeza que existe un error en la revisión de antecedentes, y no corresponde a una complementación de antecedentes en caso de que los mismos no hayan sido presentados en los plazos correspondientes.
Los proyectos declarados ADMISIBLES pasan a la siguiente etapa de evaluación.
La Comisión de Admisibilidad, en cumplimiento a lo establecido en el Instructivo de Bases del Concurso Subvención del FONDO REGIONAL DE CULTURA AÑO 2015, informa el resultado del proceso de revisión de admisibilidad de las iniciativas postuladas.
Simbología: L: proyectos recibidos en la Gobernación de El Loa; T: proyectos recibidos en la Gobernación de El Loa; y C: proyectos recibidos vía correo certificado.
Los sobres de los proyectos que fueron entregados fuera de plazo no fueron abiertos por la comisión de admisibilidad.
Las instituciones, cuyos proyectos fueron declarados INADMISIBLES tendrán un plazo de 5 días hábiles, a partir de hoy lunes 10 de agosto para solicitar reconsideración en el proceso de admisibilidad, ingresando en la Oficina de Partes del Gobierno Regional una carta firmada por el Representante Legal de la institución, dirigida a la Comisión de Admisibilidad del Concurso F.N.D.R. 2 % Cultura, argumentando la solicitud de reconsideración con documentos que respalden la solicitud.
NOTA: Se entiende como “reconsideración” cuando se tenga certeza que existe un error en la revisión de antecedentes, y no corresponde a una complementación de antecedentes en caso de que los mismos no hayan sido presentados en los plazos correspondientes.
Los proyectos declarados ADMISIBLES pasan a la siguiente etapa de evaluación.