Noticias

DGA expuso reforma al Código de Aguas en Comisión de Agricultura del Senado
* Seremi César Benítez explicó alcances de la reforma y beneficios de las regiones del norte de Chile.
Ante la Comisión de Agricultura del Senado, el Director General de Aguas del MOP, Carlos Estévez presentó la reforma al Código de Aguas comprendida en el proyecto de ley 7543-12, la cual propende a la gestión equilibrada del agua basada en cinco ejes, como son la priorización de las aguas para la función de subsistencia, protección de áreas de importancia patrimonial y ambiental, fortalecimiento de atribuciones de la DGA, fomento del uso eficiente de las aguas y construcción de mayor seguridad jurídica para los dueños de derechos.
Estévez señaló que esta reforma prioriza el uso para el consumo humano, de subsistencia y el saneamiento, tanto en el otorgamiento, como en la limitación temporal al ejercicio de los derechos de aprovechamiento, y junto con ello se establecen beneficios para los Comités de Agua Potable Rural.
A nivel regional, el seremi de Obras Públicas, César Benítez, explicó que, en cuanto a la preservación ecosistémica, se prohibirá la constitución de derechos de aprovechamiento en áreas declaradas bajo protección oficial de la biodiversidad y en aguas subterráneas que alimenten vegas, bofedales y pajonales en la macrozona norte.
"Además, se exime del pago de patentes por no uso a titulares de derechos no extractivos de aguas que no los utilicen a fin de mantener la función ecológica de áreas declaradas protegidas por el Ministerio de Medio Ambiente, como en proyectos para fines recreacionales o turísticos, que impliquen no utilizarlas ni extraerlas de su fuente", acotó Benítez.
En cuanto al reforzamiento de las facultades de la DGA en materia de gestión de aguas superficiales, se reconoce en las Juntas de Vigilancia la atribución para distribuir las aguas.
"Sin embargo, de no existir Junta de Vigilancia y si la explotación de aguas de unos perjudica a terceros, la DGA podrá establecer la reducción temporal del ejercicio a prorrata de sus derechos. Y en el caso de que exista más de una Junta de Vigilancia en un mismo río, si una de ellas se siente perjudicada por la extracción de otra, podrá solicitar a la DGA una redistribución de aguas entre las distintas secciones".
Para fomentar el uso efectivo del agua, se perfecciona el sistema de patentes y establece la extinción del derecho de aprovechamiento en un plazo de 5 años para los dueños de derechos consuntivos y 10 años para los no consuntivos en caso de no tener ejecutadas las obras de aprovechamiento. No obstante, el titular diligente podrá suspender el cómputo del plazo de extinción cuando esté tramitando permisos de obras, ajustes, traslados o cambios de puntos de captación que se exigen para la recepción de obra; se encuentre pendiente una Resolución de Calificación Ambiental, exista una orden de no innovar dictada por los tribunales de justicia u otras tramitaciones ante la DGA, y de acreditarse caso fortuito o de fuerza mayor.
En cuanto a la seguridad jurídica, destacó que "el actual Código de Aguas permite regularizar usos de agua contra derecho inscrito, por lo que se elimina esa disposición que hoy genera incertidumbre y se posibilita regularizar usos de forma colectiva por las organizaciones de usuarios de aguas, disponiéndose de 2.750 millones para favorecer ese efecto".